Procedimiento para la elaboración de Informes Periciales Psicológicos
En IPP&M el procedimiento que seguimos para la elaboración y ratificación de los informes periciales psicológicos queda resumido en las siguientes fases:
Procedimiento para la elaboración de Informes Periciales Psicológicos
En IPP&M el procedimiento que seguimos para la elaboración y ratificación de los informes periciales psicológicos queda resumido en las siguientes fases:
1ª) PRIMERA ENTREVISTA
En la primera entrevista, el cliente podrá aportar toda la documentación e información que considera necesaria para su caso.
La psicóloga forense se pondrá en contacto con el representante legal del cliente para realizar una valoración conjunta y establecer las mejores líneas de actuación y estrategias posible para el caso en concreto, y así determinar si es o no procedente la realización de la valoración psicológica para elaborar un informe psicológico pericial.
Desde IPP&M se procederá a realizar un presupuesto acorde a cada caso en concreto una vez que se acuerde la idoneidad de dicho informe psicológico pericial.
2ª) PROCESO DE EVALUACIÓN
Una vez que el presupuesto del informe pericial psicológico sea aceptado por parte del cliente, se iniciará el proceso de evaluación del caso por parte de la psicóloga forense.
La profesional mantendrá varias entrevistas clínicas-forenses con el cliente para recopilar datos y la realización de pruebas psicológicas necesarias y adecuadas a cada caso en concreto.
La psicóloga perito al cargo de los informes psicológicos periciales puede llegar a trasladarse en caso de hospitalizaciones o de privación de libertad, para realizar una completa evaluación psicológica pericial al cliente.
3ª) ELABORACIÓN DEL INFORME PSICOLÓGICO PERICIAL
Tras las entrevistas y la realización de las pruebas psicológicas, la psicóloga perito procederá al análisis de toda la información recogida a lo largo de la exploración, estudiándose la documentación del caso en concreto, para la elaboración del informe psicológico pericial.
Dicho informe, aparte de recoger toda la información obtenida por la profesional durante el proceso de evaluación forense llevado a cabo, también recogerá las conclusiones a las que ha llegado la psicóloga perito encargada del caso.
4ª) RATIFICACIÓN JUDICIAL
En los casos que sea necesario, la psicóloga perito que ha elaborado el informe psicológico pericial se personará en el Juzgado para la ratificación del mismo ante el Juez.
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